• Falconi Puig Abogados
  • Blog
  • No hay comentarios

Exención del pago del impuesto a la herencia contraviene el derecho a la igualdad y no discriminación

La Corte Constitucional, en sentencia No. 110-21- IN/22 y acumulados, declaró la inconstitucionalidad de la exención al impuesto a la herencia de ciertos herederos, que, por mayor cercanía con el causante, accedían a un tratamiento diferenciado. La Corte señaló, con base en el principio de solidaridad, propio del sistema tributario, que la exención para el pago del impuesto a la herencia supone que las personas comúnmente llamadas a suceder no contribuyan a la redistribución la exención del pago del impuesto a la herencia. Asimismo, la Corte se pronunció respecto a que, contraviene el derecho a la igualdad y no discriminación.

– Para más información accede a la sentencia completa en el siguiente link: acortar.link

Fuente: Corte Constitucional del Ecuador, sentencia No. 110-21- IN/22 y acumulados
Imagen 1: Obtenida de freepik

Autor: Falconi Puig Abogados
Falconi Puig Abogados Email
Falconi Puig Abogados Llamada
Falconi Puig Abogados Whatsapp
Privacy summary

We use cookies to offer you the best possible user experience. Cookie information is stored in your browser and performs functions such as recognizing you when you return to our website or helping our team understand which sections of the website you find most interesting and useful.

If you continue browsing without Accepting/Rejecting, we assume that you accept the

Data Protection Policy